Auto Supremo AS/0111/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0111/2014-RRC

Fecha: 11-Abr-2014

La citada doctrina, fue establecida dentro de un proceso penal seguido por la comisión del


La citada doctrina, fue establecida dentro de un proceso penal seguido por la comisión del delito de Difamación e injuria, que primeramente por Sentencia se absolvió de culpa y pena a la imputada, fallo que posteriormente por Auto de Vista fue confirmado, contra el que se interpuso recurso de casación, bajo los agravios referidos a la falta de fundamentación, incongruencia entre la parte considerativa y la resolutiva, además de haberse referido a aspectos no denunciados, no hubo concurrencia del Ministerio Público siendo una acción privada, constituyéndose en defectos absolutos los imputados no configuran su conducta a los elementos constitutivos del tipo penal, lo cual coadyuva la fundamentación infringiendo el principio tantum devolutum quantum apellatum, al no haber resuelto fundamentadamente los puntos apelados, vulnerándose el derecho a la defensa y debido proceso, asimismo el Auto de Vista impugnado no se habría referido fundadamente a un delito impugnado; sin embargo, del análisis de esta última resolución, el Tribunal Supremo advirtió que incurrió en incongruencia omisiva ex silentio; al declarar el recurso de apelación restringida improcedente y confirmar la Sentencia, sin entrar a resolver ninguna de las acusaciones planteadas en el recurso interpuesto, sino que fundamentó con argumentos que no correspondían al proceso, en vulneración de los derechos del recurrente y de los arts. 124 y 398 del CPP, olvidando su obligación de circunscribir la decisión a los puntos acusados por los apelantes a los que se hallan compelidos, por lo que el Auto de Vista impugnado carecía de correcta y adecuada fundamentación, en infracción del principio tantum devolutum quantum apellatum; en consecuencia, el referido Auto Supremo dejó sin efecto el Auto de Vista impugnado ordenando que se dicte uno nuevo