Auto Supremo AS/0223/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2014-RRC

Fecha: 09-Jun-2014

En base a lo anterior, se realizó la valoración de la prueba, así de las


En base a lo anterior, se realizó la valoración de la prueba, así de las testificales de Mery Cossio, Mentia Albarez Jimenez, Febeta Buendia Cossio, Arminda Juana Torrez Oliva de Burgos, Jhenny Marisol Villa Luther y Rodolfo Urquizu Villarroel, corroborada por las literales “D.F. 1.6, M.P. 1.5, M.P. 1.6 y M.P. 1.7”, se tuvo la certeza de que Martha Villarroel Sejas fue la propietaria de la agencia de viajes SION TOURS y que fungía como tal en los primeros meses del 2008, lo cual no niega la acusada en su declaración realizada en juicio; además, por las declaraciones de las acusadoras se adquiere certeza de que al contactarse con la imputada “…esta les oferto carta de invitación, contrato de trabajo para trabajar en Israel y pasajes para lo cual debían pagar la suma de 4500 dólares y que viajarían el 23 de marzo del año 2008, lo que esta corroborado con la documental M.P. 1.1 consistente en los recibos de recepción de los dineros de MERY COSSIO, MENTIA ALABAREZ JIMENEZ, FEBETA BUENDIA COSSIO en SION TOURS (…) entre los meses de febrero y marzo de 2008, dinero recepcionado por la counter DALCY DURAN FAREL, es más, no existe duda alguna que (…) recibió los dineros ya que le corresponde sus firmas como se tiene al valorar la pericial de CRISTIAN BERNARDO MERCADO CARRASCO y la documental A.P. 1.1 consistente en el dictamen pericial documentoscópico, en el que se concluye que la firma estampada en los recibos le corresponde a DALCY DURAN FAREL; la imputada MARTHA VILLARROEL SEJAS no niega haber recibido los dineros, pero manifiesta su voluntad de devolver los dineros, aclarando además, que ella también fue estafada” (sic)