Auto Supremo AS/0265/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0265/2014

Fecha: 04-Jul-2014

En el caso de autos, como ya fuera expresado en el punto 1

En el caso de autos, como ya fuera expresado en el punto 1.- líneas arriba, no ha sido probado que la demandada hubiera incurrido en fraude, ni puede considerarse la expresión referida como prueba de ello, pues el deseo de conocer o no un domicilio, no es lo mismo que conocer ese domicilio y luego negarlo