Auto Supremo AS/0265/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0265/2014

Fecha: 04-Jul-2014

Que, en el marco legal descrito precedentemente, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión,

Que, en el marco legal descrito precedentemente, el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión, violación o errónea aplicación del artículo 31 de la Constitución Política del Estado (1967 y sus reformas) ni del artículo 30 de la Ley de Organización Judicial, Nº 1455, como tampoco en la interpretación errónea y aplicación indebida de las mismas al confirmar la Sentencia de primera instancia como se acusó en el recurso de fojas 240 a 242