Auto Supremo AS/0453/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0453/2014

Fecha: 11-Sep-2014

Son los propios imputados que por memorial de 22 de agosto (fs


Son los propios imputados que por memorial de 22 de agosto (fs. 181), solicitaron la cesación de la declaratoria de rebeldía adjuntando certificados médicos que acreditaban su impedimento físico para concurrir a la audiencia; en función a esa solicitud, la juzgadora por decreto de 23 de agosto de 2013 (fs. 181 vta.) dispone los siguientes puntos: 1) Que, purguen el costo de la rebeldía concediéndoles el plazo de 48 horas; 2) La presentación en audiencia la boleta de cancelación de Bs. 1000 (mil bolivianos) por parte del abogado defensor Rafael Montoya; y, 3) Señalamiento de audiencia para la prosecución del juicio oral; con este decreto, los imputados fueron notificados el 29 de agosto de 2013 (diligencia de fs. 182 vta.); sin embargo, no formularon observación alguna, ni formularon reposición a la decisión conforme el art. 401 del CPP; es decir, pudieron solicitar se deje sin efecto la declaratoria de rebeldía