Auto Supremo AS/0754/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0754/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

vii) Errónea aplicación de la ley sustantiva, por errónea calificación de los hechos (tipicidad) en


vii) Errónea aplicación de la ley sustantiva, por errónea calificación de los hechos (tipicidad) en la adecuación de su conducta a los tipos penales previstos por los arts. 218, 219 y 220 del CP; asimismo, se interpretó de manera errada las bases para la punibilidad y aplicación de la pena basándose el Juez de la causa en los antecedentes históricos expresados por la acusación, inobservando los elementos constitutivos del delito de Ejercicio Ilegal de la Medicina por haberse practicado una supuesta operación innecesaria. La acusación al endilgar el tipo penal del art. 218 del CP, conocía subjetivamente que se trataba de un delito doloso, extremo que no fue valorado por el Juez de la causa, porque su intención no era causar daño (imputación subjetiva), igualmente el Juez señala, que su conducta es culposa por no realizar el tacto rectal basarse en exámenes presuntivos, razonamientos errados e insuficientes