Auto Supremo AS/0628/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0628/2015-RRC

Fecha: 26-Nov-2015

Tiene observación respecto al informe del supuesto criminólogo quien a pesar de que admitió no


Así para la comparación del ADN realizada por peritos colombianos y del IDIF el 27 de agosto de 2012, en su informe -bajo la dirección de Sergio Quispe Mayta- señalaron, que no encontraron manchas de interés forense en las 78 evidencia y 10 muestras de ADN, excluyéndole a él e identificando a José Luis Flores por encontrarse su ADN en el contenido vaginal de la menor, en el guardapolvo, polera, chompa y panty de la víctima. Asimismo, sobre las fibras color azul encontradas en mi pertenencia y en la chompa de la víctima, la perito Carmen Cuiza solamente indicó que la fibra era similar, de igual manera en el informe se habla de huellas plantares y los relieves de calzado con características similares, que fue considerado por la Jueza como ciertas; todos estos elementos hacen que exista una clara violación de los arts. 134 y 135 del D.L. 10426, sin cumplir las exigencias para la valoración

Tiene observación respecto al informe del supuesto criminólogo quien a pesar de que admitió no ser psicólogo no presento la batería de test realizado, solo presento las conclusiones, al contrario del informe psicológico realizado por Fernando Arce Hochkofler que refirió que el perfil psicológico del Sr. Mendoza no corresponde al de un psicópata capaz de cometer crímenes de premeditación