Auto Supremo AS/1146/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1146/2015

Fecha: 08-Dic-2015

Asimismo debemos tener en cuenta ciertos principios referidos a las pruebas, entre las cuales tenemos

Asimismo debemos tener en cuenta ciertos principios referidos a las pruebas, entre las cuales tenemos el “principio de la unidad de la prueba”.- significa; que el conjunto probatorio del proceso forma una unidad, y como tal debe ser examinado y merituado por el órgano jurisdiccional, confrontando las diversas pruebas, documentales, testificales, periciales, inspecciones y otras, señalando sus concordancias y discordancias, y concluir sobre el convencimiento que de ellas globalmente se forme, si bien la parte demandada no presentó su prueba de manera oportuna, empero de ello los de instancia consideraron las demás pruebas adjuntas en la demanda y las producidas por la parte actora, siendo éstas la base de la resolución; es decir se realizó un análisis conjunto de pruebas, que en el recurso de casación en el fondo no son cuestionadas. Por lo que se concluye que el fin del proceso es la realización del derecho mediante la aplicación de la ley al caso concreto y las pruebas constituyen ser los elementos utilizados por el órgano jurisdiccional para llegar a un resultado