Auto Supremo AS/1146/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1146/2015

Fecha: 08-Dic-2015

El demandante, continuo relatando que el Gobierno Municipal ha realizado una serie de mejoras en

El demandante, continuo relatando que el Gobierno Municipal ha realizado una serie de mejoras en dicho terreno, mismas que habrían encarecido el costo de los terrenos y que la plusvalía favorece al Municipio, conforme lo determina el art. 42 del Reglamento de Urbanizaciones y el art. 122 de la Ley de Municipalidades. Las mejoras introducidas fueron de vías de circulación, servicios de agua, luz, alcantarillado, trabajos de terraplenado y otros que le dieron mayor valor económico al terreno, especificando cual era el valor que tenía antes de que se introdujeran las mejoras (Lote de 3.000 m2, valor 3,95 $us., por metro cuadrado, Lote de 5.000 m2, valor 4,39 $us., por metro cuadrado), cuyo valor actual considerando las mejoras introducidas es de $us. 55 por metro cuadrado, ascendiendo el valor de las mejoras a la suma de $us. 364.950, por lo que solicita se declare probada la demanda y consiguientemente se reste el valor de las mejoras introducidas por la Alcaldía Municipal de la suma a ser cancelada por el Municipio a Hilda Vadillo de Castellanos, pidiendo además la retención del mismo en aplicación del art. 98 del Código Civil. Observada que es la demanda, esta es subsanada en los términos de los memoriales de fs. 12, 25 y 36 de obrados