Auto Supremo AS/1146/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1146/2015

Fecha: 08-Dic-2015

Según la doctrina y dentro de la clasificación, las personas colectivas se dividen en: personas

Según la doctrina y dentro de la clasificación, las personas colectivas se dividen en: personas colectivas de Derecho Público y personas colectivas de Derecho Privado; entre las de Derecho Público o de existencia necesaria se encuentran entre otras: el Estado, la Iglesia, los Municipios, las Universidades y otras con personalidad jurídica reconocidas por la Constitución Política del Estado y las leyes. Sin las cuales no puede existir un Estado jurídicamente organizado, de lo que se infiere que los Municipios como personas colectivas desarrollan sus actividades dentro del ámbito del Derecho Público, debido a que es la ley la que los organiza jurídicamente hablando y les delega ejercer determinados poderes