Auto Supremo AS/0137/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0137/2015-RRC

Fecha: 27-Feb-2015

En consecuencia, no es evidente que el Tribunal de alzada haya modificado la situación jurídica


En consecuencia, no es evidente que el Tribunal de alzada haya modificado la situación jurídica del recurrente en base a revalorización de la prueba y modificación de los hechos, habiéndose respetado el principio de intangibilidad, y si bien la doctrina legal invocada por el imputado refiere que el cambio de situación jurídica no ingresa en los supuestos de corrección facultado al Tribunal de alzada; empero, conforme a doctrina legal inserta en el Auto Supremo 660/2014-RRC, a la cual se hizo referencia y se desglosó al iniciar este análisis, debe comprenderse que esa prohibición está limitada a supuestos en los que para el cambio de la situación jurídica se requiere descender al análisis de la prueba y consiguiente modificación de los hechos, y no siendo este el caso, se concluye que el Tribunal de alzada no contradijo la doctrina legal aplicable sentada por este Tribunal