Auto Supremo AS/0137/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0137/2015-RRC

Fecha: 27-Feb-2015

Para demostrar que este razonamiento es legal y acorde a la Constitución, acudimos al siguiente


Para demostrar que este razonamiento es legal y acorde a la Constitución, acudimos al siguiente ejemplo: Si A acusa que B le disparó con arma de fuego, provocándole lesiones gravísimas (hecho objetivo), por lo que considera que B tenía la intención de matarlo, debe demostrar esta afirmación contenida en su acusación; más no puede ser obligado a demostrar también que la acción del autor no se debió a un estado de sonambulismo o acto reflejo (hipótesis de falta de acción), que no existió error invencible en el agente sobre un elemento constitutivo del tipo penal (que excluye la tipicidad), que no actuó en legítima defensa, estado de necesidad, cumplimiento de un deber, ejercicio de un derecho, oficio o cargo (supuestos de causas de justificación de la antijuridicidad) y que en el momento de la comisión del hecho no podía comprender la antijuridicidad de su acción o conducirse de acuerdo a esta comprensión (causas de exclusión de imputabilidad); no siendo ello coherente ni legal; debiendo comprenderse que la carga de la prueba que impone el art. 6 parágrafo tercero del CPP, impone la obligación del acusador (fiscal y/o particular) de acreditar que el hecho existió, que el imputado es el autor y que actuó culposa o dolosamente, más no las circunstancias señaladas precedentemente, que más bien forman parte del amplio abanico del derecho irrestricto a la defensa del imputado, pudiendo alegarlos en su defensa y consecuentemente demostrarlos para excluir o atenuar su responsabilidad