Auto Supremo AS/0139/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2015-RRC-L

Fecha: 31-Mar-2015

En función a lo señalado, se tiene que la comprensión del idioma como medio e


En función a lo señalado, se tiene que la comprensión del idioma como medio e instrumento de comunicación a efectos de poner no solamente al imputado en conocimiento previo y detallado del hecho que se le atribuye con todas las circunstancia de tiempo, lugar y forma de su comisión y otras formalidades indispensables; sino, también un derecho fundamental otorgado a las víctimas, jueces y declarantes, es irrenunciable y obligatorio, y su inobservancia constituye actividad procesal defectuosa, calificada como defecto absoluto al tenor del art. 169 inc. 2) del CPP