Auto Supremo AS/0617/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0617/2015

Fecha: 08-Sep-2015

CONSIDERANDO II

CONSIDERANDO II:
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
II.1.1. Sobre la errónea interpretación del art. 12 de la LGT y la valoración de las pruebas de descargo
Dice el recurrente que, el Auto de Vista que impugna aplicó erradamente el art. 12 de la LGT, pues tal dispositivo es utilizable en los supuestos de inexistencia de causa justificada en el despido; situación que contrariamente no es exigible a los supuestos en los que el despido se base en una causa establecida en el art. 16 de la misma Ley laboral sustantiva o el art. 9 del DR-LGT