Auto Supremo AS/0617/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0617/2015

Fecha: 08-Sep-2015

En estos casos, cuando se alega la vulneración del debido proceso por falta de motivación

En estos casos, cuando se alega la vulneración del debido proceso por falta de motivación y congruencia en la motivación se debe analizar si la falta de pronunciamiento respecto a los reclamos formulados es de tal entidad, que al no hacerlo, puede haber sido determinante en la decisión a adoptar y siempre y cuando tal omisión resulte en la imposibilidad de ejercer, de manera real y efectiva el derecho a la defensa