Auto Supremo AS/0654/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0654/2015

Fecha: 23-Sep-2015

En relación a la petición de pronunciamiento a este Tribunal, sobre la supuesta falta de

II.1.1.3. Falta de apreciación de las pruebas de descargo presentadas por el Sr. Jorge Arispe
En relación a la petición de pronunciamiento a este Tribunal, sobre la supuesta falta de apreciación de las pruebas en la que habría incurrido el Tribunal de Alzada al no haber apreciado las pruebas de descargo que habrían sido presentadas por cuerda separada dentro del proceso por otro de los coactivados el Sr. Jorge Arispe sobre las funciones riesgosas de manipuleo de dinero y valores por parte de Eulogio Flores Huasco, Enrique Mamani Limachi, Vicente Mamani Manzaneda y otros; a tal fin resulta pertinente advertir que el recurso de casación se rige por el principio procesal dispositivo que configura que las partes pueden dirigir en todo momento el proceso, es así que las partes tienen a su libre disposición los mecanismo pertinentes para ejercer y hacer valer sus derechos dentro el proceso en el momento oportuno e indicado por la ley y ejercerlos conforme a voluntad; a la luz de dicho principio se evidencia que la acusación formulada por los recurrentes no se enmarca en el principio procesal señalado, en razón a que corresponde a otro actor ejercer ese derecho procesal, razón por la cual en aplicación del principio dispositivo que les corresponde a las partes, no ha lugar la acusación formulada