Auto Supremo AS/0817/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0817/2016-RRC

Fecha: 21-Oct-2016

constituye el único medio para desvirtuar la acusación; por lo que, el procesado tiene el

III. VERIFICACIÓN DE CONTRADICCIÓN DEL AUTO DE VISTA IMPUGNADO CON LOS PRECEDENTES INVOCADOS

En el presente recurso de casación se denuncia: 1) El tercer motivo se admitió debido a que el Auto de Vista impugnado es contradictorio al precedente invocado por cuanto en su razonamiento estableció que la proposición y ofrecimiento de la prueba constituye elemento esencial del derecho a la defensa del procesado, pues


constituye el único medio para desvirtuar la acusación; por lo que, el procesado tiene el derecho de producir y presentar prueba amplia insistiendo que la prueba PD7 debió ser valorada; 2) El cuarto motivo se admitió porque el Auto de Vista es contradictorio a los precedentes invocados porque dicho fallo carece de una fundamentación clara y expresa; 3) En el quinto motivo el Tribunal de apelación no respondió en absoluto al reclamo de que existió incongruencia de la Sentencia entre lo probado y sus conclusiones, incurriendo en incongruencia omisiva vulnerando el art. 398 del CPP; 4) En el sexto motivo se denunció que la Sentencia incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva y contradicción en su fundamentación, ya que no explicó de que forma el imputado actuó con dolo sin explicar las razones de la decisión asumida en apego al principio de congruencia y además debe responder de manera fundamentada a cada uno de los puntos apelados; 5) En el séptimo motivo, el Tribunal de apelación en su octava conclusión no coincide con el agravio denunciado, sin responder si el Tribunal de Juicio aplicó de manera correcta el art. 151 del CP, tampoco fundamentó si su conducta se adecua o no al delito de referencia incurriendo en incongruencia omisiva, privándole del acceso efectivo a la justicia; y 6) El octavo motivo, el Auto de Vista contradice al precedente que invocó porque no ejerció el control de la valoración de la prueba; aspectos que hacen viable analizar en el fondo la problemática planteada