Auto Supremo AS/1280/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1280/2016

Fecha: 07-Nov-2016

Cuando ocurre un hecho que origina responsabilidad patrimonial o civil, se dice que un patrimonio

Cuando ocurre un hecho que origina responsabilidad patrimonial o civil, se dice que un patrimonio ha sido lesionado o afectado, entonces, la responsabilidad civil o patrimonial es la obligación de asumir las consecuencias patrimoniales por la ruptura de ese patrimonio, por tanto, es un problema neta y exclusivamente patrimonial, es decir, una compensación patrimonial que se debe por un daño ocasionado al perjudicado. La lesión al patrimonio puede darse como resultado de un contrato o convención, en este caso se trata de la responsabilidad civil contractual, o puede darse como consecuencia de un hecho ajeno a un contrato o compromiso previo. Esta es la responsabilidad civil extracontractual. Por todo lo anotado podemos concluir que la obligación indemnizatoria es la compensación o pago por el daño ocasionado para restablecer el equilibrio patrimonial roto con el hecho dañoso. Es esa la finalidad del instituto de la responsabilidad civil