Auto Supremo AS/0098/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0098/2016-RRC

Fecha: 16-Feb-2016

El Tribunal de alzada agrega que no existe la fundamentación jurídica, porque si bien se


El Tribunal de alzada agrega que no existe la fundamentación jurídica, porque si bien se realiza una referencia mínima sobre la subsunción de la conducta de Zenobio Chumbe Guzmán e Isidoro Escobar Coaquira al ilícito de Asesinato en base a los fundamentos expuestos; empero, con relación a todos los acusados sancionados por el delito de Complicidad en Asesinato, no se precisa de qué forma su conducta se acomoda al delito atribuido, no se realiza referencia alguna del porqué la calificación jurídica debió responder a la tipicidad, antijuricidad y culpabilidad adecuando los hechos a los tipos penales acusados, en función a la prueba judicializada, no siendo suficiente remitirse tan solo a la convicción interna del Tribunal, por lo que se incumplieron los arts. 124 y 173 del CPP, ingresando en una insuficiente fundamentación de la Sentencia de acuerdo al inc. 5) del art. 370 de la misma norma legal; en conclusión el Tribunal de alzada, en su función de control advierte que la Sentencia no cuenta con una fundamentación probatoria intelectiva, por carecer del razonamiento iter lógico, como la fundamentación jurídica al no contar con la vinculación jurídica con el delito acusado