Auto Supremo AS/0098/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0098/2016-RRC

Fecha: 16-Feb-2016

II.2.2. Donata Taquichiri Vda. de Mendoza


El imputado denuncia que el Tribunal de mérito, argumentó la autoría del delito de Asesinato [art. 252 incs. 2) y 3) del CP], declarándolo culpable sin considerar las declaraciones de los testigos presenciales, quienes determinaron que los autores del hecho fueron los dos albañiles, quienes jamás fueron investigados, a pesar de ser reconocidos como partícipes directos; que la base de su condena fue la declaración del co- imputado Guido Almanza Cadima, quien lo sindica como autor en base a una confusión, al referir que su persona vestía ropa camuflada o traje de Mopar, cuando jamás vistió de esa manera; única atestación a la que se dio credibilidad, siendo igualmente acusado y reconocido como partícipe del hecho. Asimismo, argumenta contradicciones en los actos investigativos de careo e inspección ocular, cuando Guido Almanza acusó a Isidro Escalera como autor y no a su persona; y cuando refiere que estuvo presente al llamado de Narcisa Cruz Vda. de Mamani y Donata Taquirichi Vda. de Mendoza luego del hecho; sin embargo, realiza sus declaraciones incriminatorias como si estuviese desde el primer momento; de lo que si se concluye es la falta de certeza de quienes serían los verdaderos autores del hecho, porque toda el proceso se basó en atestaciones incongruentes, cuando su persona es inocente de culpa.

II.2.2. Donata Taquichiri Vda. de Mendoza