Auto Supremo AS/0250/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

3) Manifiesta que la Resolución recurrida en su punto I


3) Manifiesta que la Resolución recurrida en su punto I.5, expresó “…valiéndose de la relación que existía con el querellante le sonsacó sus documentos de su casa que habría dado en garantía, es decir este aspecto fue detallado en la acusación y se habría demostrado en juicio en juicio el hecho acusado evidenciándose que se ha cumplido con las reglas de la congruencia y no se evidencia vulneración del art. 360 del C.P.P…” (sic); criterio, que carece de veracidad; toda vez, que en antecedentes no cursaría ningún documento que demuestre que el querellante sea el propietario del lote de terreno que pretende apropiarse ilegalmente; además, el inmueble con el que cuenta el querellante se encuentra debidamente registrado a su nombre como él mismo lo manifestó en audiencia; y, se encuentra registrado y transcrito en las actas de su intervención, donde alegó que el minibús que adquirió fue mediante un préstamo bajo garantía de su bien inmueble, ello en la gestión 2014; incurriendo el Auto de Vista, en una inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la Sentencia y la acusación