Auto Supremo AS/0250/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

En cuanto a los motivos quinto, sexto, séptimo y octavo, en los que reclama que


En cuanto a los motivos quinto, sexto, séptimo y octavo, en los que reclama que la Sentencia: i) En su punto III arguyó, que los testigos Eusebia Castillo de Yucra, Florencio Yucra, Rosemary Petrona Condori Ajata y Felipe Rene Chapi Cusi, manifestaron de manera uniforme que el dueño del terreno era el querellante, aspecto suficiente para emitir una Sentencia condenatoria, no considerando que su persona estaba siendo procesando por el delito de Complicidad en el hecho de Estafa; empero, extrañamente en el juicio se cambió la tipificación, juzgándola por Estafa de un lote de terreno a una persona que jamás logró probar que el terreno era suyo; no considerando, que las declaraciones de los testigos incurrieron en contradicciones, resultándole éste caso único donde su albañil la denuncia por complicidad en Estafa; no observando, que el querellante trabajó las dos plantas de su casa por siete meses percibiendo por su trabajo Bs. 23.000.- (veintitrés mil bolivianos) conforme constaría de la prueba PD-8, aspecto no considerandos por la jueza; ii) No valoró, menos consideró las pruebas signadas como PD-8, PD-9 y PD-10; no obstante, haber sido judicializadas; iii) Se basó en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente a juicio; toda vez, que en el numeral III.2 señaló que por las declaraciones de Tomás García Callejas y Aurelia Huaynoca el lote de terreno se habría vendido al querellante; aspecto que no sería evidente, que si bien, existe una declaración ante el Ministerio Público en el caso 1790/2011, fueron ofrecidos como prueba extraordinaria; empero, jamás concurrieron a juicio; y, iv) El fundamento contenido en el punto IV.2, incurrió en el defecto del art. 370 inc. 11) del CPP; puesto que, afirmó que se cometió el delito de Estafa narrado en la querella y acusación particular refiriendo estrictamente ambas que su persona con engaños y artificios habría sonsacado la suma de $us. 4.000.- (cuatro mil dólares estadounidenses); empero, el juicio tomó otro rumbo, cambiando la pretensión del querellante a probar quien tiene el mejor derecho propietario sobre un lote de terreno, resultando incongruente con lo descrito en la acusación particular