Auto Supremo AS/0250/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

Agrega, que el Auto de Vista refirió que no se incurrió en el defecto del


Agrega, que el Auto de Vista refirió que no se incurrió en el defecto del art. 370 inc. 4) del CPP, criterio que le resulta contrario a lo descrito en el parágrafo II.2, puesto que sí se afirma que no se señaló cuál de los elementos constitutivos no se configuró, no se explica porque en el parágrafo II.3, ahora si se hubiere señalado el elemento constitutivo como es la prueba inexistente que se denunció; sin embargo, ahí sí se consideró que la prueba referente a una declaración inexistente no fue la única producida y valorada, no resultándole lógico que un elemento probatorio inexistente pueda ser objeto de valoración