Auto Supremo AS/0250/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

6) Reclama que mientras su persona tenía un proceso penal en la ciudad de La


6) Reclama que mientras su persona tenía un proceso penal en la ciudad de La Paz, signada con el caso 1663/2010, el querellante le habría instaurado otro en la ciudad de El Alto signado con el caso 1790/2011 y otro sería el presente proceso penal, todos bajo el argumento de que su persona estafó la suma de $us. 4.000.- (cuatro mil dólares estadounidenses), siendo cómplice directo de Delicia Fernández, acusación que sería de junio de 2014; empero, asevera que el querellante mucho antes ya recibió de Delicia Fernández la suma de $us. 3.100.- (tres mil cien dólares estadounidenses), conforme se tiene de la prueba PD-11, consistente en un acuerdo conciliatorio de 14 de noviembre de 2013 con su reconocimiento de firmas y rúbricas en el caso 1663/2010, prueba que fue judicializada aclarando que el querellante ya habría recibido $us. 900.- (novecientos dólares estadounidenses) y que se estaba haciendo entrega de lo restante, aspectos que fueron ocultados por el querellante y no valorados por el Tribunal de Sentencia, llevándose el juicio en una contienda de mejor derecho propietario de un lote de terreno, donde se utilizó la prueba ofrecida para resolver quien tiene mejor derecho propietario; toda vez, que alegó “la Titularidad del bien inmueble donde refirieron los testigos que PRECILIANO YUCRA es el dueño del terreno” criterio, que asevera, no tuvo relación con la pretensión de la querella, acusación particular y la sentencia