Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0305/2016-RRC
Fecha: 21-Abr-2016
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 8 de julio de 2015, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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a) Por Sentencia 59/2014 de 16 diciembre (fs
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 742/2015-RA de 2 de diciembre,
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2) Reclaman que el Auto de Vista es contradictorio a la doctrina legal establecida en
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I.1.2. Petitorio
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Los recurrentes solicitan se dicte resolución declarando la doctrina legal aplicable de acuerdo al art
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
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i) El Ministerio Público y la acusación particular no probaron que los imputados Eusebio Cruz
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ii) El Tribunal no tuvo duda alguna de la culpabilidad de los imputados Eusebio Cruz
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iii) Se estableció que Eusebio Cruz Ramos, Hernán Guzmán Montalbán y Hernán Guzmán Zeballos, juntamente
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iv) El Tribunal de Sentencia no tuvo duda de que los imputados Eusebio Cruz Ramos,
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II.2. De la apelación restringida
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i) Con relación al 370 inc
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iii) Señalan que se incurrió en el defecto comprendido en el art
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iv) Respecto del art
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II.3.Del Auto de Vista impugnado
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a) Respecto al defecto previsto en el art
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b) Sobre la denuncia del defecto comprendido en el art
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c) Con relación al art
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d) En cuanto al defecto comprendido en el art
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III.1. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
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Orlando A
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Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal en el Auto Supremo 218/2014 de 4 de
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III.4. Análisis del caso concreto
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Haciendo referencia a la exigencia de fundamentación de la Sentencia y su correspondiente control, este
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De manera específica la Sentencia penal que pone fin al acto de juicio debe contener
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El tercer momento es la fundamentación analítica o intelectiva, en la que no sólo se
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La fundamentación jurídica, es el momento en el cual el Juez o Tribunal a partir
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Por último, deberá procederse a la motivación en el momento de la individualización de la
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La referida resolución precisó que: “Una vez desarrollado el acto de juicio y agotadas las
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Sobre el control de logicidad el escritor Fernando de la Rúa, con mucho acierto expresó:
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Tal como se puede apreciar, el precedente trata de la debida fundamentación que debe contener
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De lo extractado del Auto de Vista impugnado, se advierte que el Tribunal de alzada,
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Por lo señalado, el Tribunal de alzada a tiempo de emitir el Auto de Vista
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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