Auto Supremo AS/0305/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Tal como se puede apreciar, el precedente trata de la debida fundamentación que debe contener


Por lo que se concluye, en base a los fundamentos expuestos precedentemente, que en toda Sentencia, el Juez o Tribunal de mérito está compelido a realizar una fundamentación probatoria intelectiva, que lo obliga a consignar las razones que en base a la valoración de la prueba, lo llevaron a concluir sobre la punibilidad o impunibilidad de la conducta del encausado; lo que garantiza por un lado, el convencimiento de las partes sobre la justicia y corrección de la decisión judicial; y por otro lado, asegura la publicidad de las razones que tuvieron los jueces de mérito al pronunciar una sentencia”.

Tal como se puede apreciar, el precedente trata de la debida fundamentación que debe contener una resolución judicial, así como la motivación que debe existir en el momento de la individualización de la pena, precisando las razones que justifican su aplicación al caso concreto y el hecho de no contener estos aspectos, hace que se constituya en defecto absoluto insubsanable