Auto Supremo AS/0344/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0344/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Ahora bien, en lo que atañe al caso concreto, de obrados se advierte que el


Ahora bien, en lo que atañe al caso concreto, de obrados se advierte que el recurrente, formuló incidente de actividad procesal defectuosa por inobservancia o violación de derechos y garantías; y, excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, habiendo fundamentado en cuanto al incidente que, una vez remitido los antecedentes al Tribunal de Sentencia Tercero, no se dio cumplimiento al art. 340 del CPP, por cuanto no se le notificó de manera personal con la acusación fiscal, particular ni con el auto de apertura de juicio, a cuyo efecto, el Tribunal Cuarto de Sentencia, a través del Auto interlocutorio 107/2014 de 06 de noviembre, declaró improcedente el referido incidente (fs. 480 a 481 vta.), respecto a lo cual, la defensa hizo reserva de recurrir, a cuyo efecto, a través del recurso de apelación restringida, el imputado en su primer motivo, expresamente denunció, violación del art. 340 del CPP, del debido proceso y del derecho al a defensa, al no haber sido notificado con el auto de apertura de juicio para que pueda proponer su prueba y recusar a los jueces que conformaron el Tribunal