Auto Supremo AS/0344/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0344/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Consiguientemente, no se advierte que el Auto de Vista sea contrario a los precedentes invocados


Ahora bien, en cuanto a la resolución del caso concreto, de la revisión del Auto de Vista impugnado, se evidencia que el mismo se pronunció respecto al agravio planteado por el imputado, al señalar que no advierte incongruencia, por cuanto la enunciación de los hechos y circunstancias que fueron objeto de juicio, delimitaron el lugar de los hechos, no siendo evidente que la Sentencia haya omitido especificar ese dato extrañado por el recurrente, lo que sin duda guarda coherencia con el contenido de la Sentencia, a tiempo de referir a la acusación planteada, en la que se hizo referencia a los detalles extrañados por el recurrente como la especificación de la dirección exacta, el elemento amenaza y el aspecto de la edad de la víctima. Por otra parte, una condena sólo puede emitirse sobre la base de hechos probados, siendo el hecho principal el abuso sexual causado a la víctima, aspecto que no es impugnado por el recurrente como incongruencia entre la acusación y la sentencia.

Consiguientemente, no se advierte que el Auto de Vista sea contrario a los precedentes invocados por el recurrente, por cuanto se advierte la existencia de una respuesta expresa y fundamentada de parte de los miembros del tribunal de apelación, razón por la cual el motivo de casación resulta infundado