Auto Supremo AS/0362/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0362/2016

Fecha: 19-Abr-2016

Continuando con el análisis de los reclamos expuestos por el demandado, corresponde referirnos a las

Continuando con el análisis de los reclamos expuestos por el demandado, corresponde referirnos a las fotografías de fs. 177 a 179, de las cuales se acusa que fueron erróneamente valoradas; al respecto debemos señalar que como ya se refirió anteriormente, ya sea la incapacidad o capacidad de una persona, es un aspecto que debe ser demostrado con prueba pericial realizada por un experto en el tema, por lo que las fotografías a las cuales hace referencia el recurrente, no pueden ser considerados como determinantes para demostrar la capacidad de la de cujus, o para acreditar que ella se valdría por sí misma