Respecto a este agravio, corresponde tener presente que el 11 de mayo de 2009, se
3. Ilegalidad de la ratificación de la orden de pago de reintegros por vacaciones.
El tercer agravio que acusa Acevedo & Asociados, refiere a que la Orden de Pago de Reintegros por Vacaciones de Bs. 7.000, ratificada en el Auto de Vista, es contrario a lo previsto en el art. 44 de la LGT art. 154 del CPL, por cuanto la nota de 28 de agosto de 2008 y el documento privado de reconocimiento de Beneficios Sociales, se habría demostrado que Acevedo & Asociados no adeudaría estos conceptos a la ex trabajadora.
Respecto a este agravio, corresponde tener presente que el 11 de mayo de 2009, se suscribió entre la parte actora y empleadora el documento de fs. 47, debidamente reconocido ante autoridad competente, por el que se acredita tres situaciones: a) que la relación laboral materialmente habría concluido el 30 de abril de 2009; b) que hasta esa fecha la trabajadora tenía 14 días y medio de vacaciones pendientes; c) que Acevedo & Asociados habría cancelado por concepto de estos días de vacación a la trabajadora Bs. 5.800, teniendo presente que el sueldo indemnizable es de Bs. 12.000
- VISTOS: Los recursos de casación, el primero de fs
- Admitida la demanda por decreto de 28 de abril de 2011, de fs
- Contra esta resolución, ambos sujetos procesales interpusieron recursos de apelación, Acevedo & Asociados mediante escrito
- Respecto a los Bs
- El recurrente, asume que el Auto de Vista a tiempo de disponer que se pague
- Petitorio
- Acevedo & Asociados, no obstante haber sido notificado con el escrito de casación de fs
- El art
- Coherente con lo manifestado, recordar que la Ley N° 719, dispuso que el Código Procesal
- En el caso de autos los recursos de casación de fs
- A mérito de todo lo fundamentado, a continuación procedemos a resolver cada uno de los
- A esto se suma que la Sentencia de fs
- De todo lo transcrito se concluye dos situaciones, a) Acevedo & Asociados, en ninguna parte
- Con relación a éste punto y para mejor comprensión del instituto, se debe partir de
- De la interpretación histórica del instituto se advierte que para la puesta en vigencia del
- Sin embargo de la expresa regulación establecida en el DS 1592 se suscitaron determinados de
- Asimismo, a fin de evitar perjuicios en el trabajador específicamente en lo relativo al bono
- Asimismo, conforme al citado DS 7850, no correspondía el cómputo de aquella antigüedad en los
- En el caso presente mal se podría concluir que en los distintos períodos certificados por
- Consiguientemente, los de instancia, al disponer el pago del bono de antigüedad en el monto
- Respecto a este agravio, corresponde tener presente que el 11 de mayo de 2009, se
- Asimismo, de la literal de fs
- Ambos documentos acreditan que la desvinculación laboral por parte de Shirley Rodríguez Salary Partner fue
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
