Auto Supremo AS/0542/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0542/2016-RRC

Fecha: 15-Jul-2016

Ahora bien, conforme informan los datos del proceso, es evidente que la ahora recurrente formuló


Ahora bien, conforme informan los datos del proceso, es evidente que la ahora recurrente formuló en audiencia de juicio (fs. 99 a 100), incidente de actividad procesal defectuosa de carácter sobreviniente, observando la aplicación de los arts. 21 y 22 del CPP, bajo el argumento de que el coimputado Gualberto Ríos Mamani, fue favorecido con un criterio de oportunidad reglada, omitiendo a los demás imputados; incidente que fue rechazado por el Tribunal de Sentencia Tercero de El Alto, mediante Resolución 46/2015 de 18 de marzo (fs. 113 a 114), por considerar que la defensa técnica de la acusada se despreocupó de observar dicho aspecto en su oportunidad antes de la audiencia conclusiva, donde no formuló incidente alguno al respecto; consecuentemente, no se trataba de un incidente de carácter sobreviniente, teniendo presente inclusive que si bien hasta antes del conocimiento de la acusación, la defensa no advirtió la existencia de la resolución de salida alternativa de 25 de febrero de 2013, con la acusación ya asumió conocimiento de la misma; por lo que, de acuerdo al principio de oportunidad era el momento de efectuar el planteamiento y al no haberlo hecho escapaba de la responsabilidad del Tribunal el subsanar una responsabilidad de la defensa, correspondiéndole considerar un incidente de carácter correctivo, mas no el planteado; en consecuencia, de acuerdo al art. 16 de la Ley del LOJ, se veía impedido de retrotraer etapas ya concluidas