Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0542/2016-RRC
Fecha: 15-Jul-2016
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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I.1. Antecedentes
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a) Por Sentencia 64/2015 de 7 de abril (fs
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 261/2016-RA de 21 de Marzo,
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2) Alega que el Tribunal de alzada revalorizó las pruebas testificales de Freddy Escarza y
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3) Argumenta que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva, al no pronunciarse sobre
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4) Por último, refiere que cuestionó el pronunciamiento del Tribunal de Sentencia, ya que al
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I.1.2. Petitorio
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 261/2016-RA de 21 de marzo, cursante de fs
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II.1. De la Sentencia
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Concluido el juicio oral, el Tribunal Tercero de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental
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de los predios ajenos, habiéndose individualizado su participación encontrando la relación de causalidad
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La nombrada imputada, interpone recurso de apelación restringida, identificando como agravios de la sentencia bajo
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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Sobre la denuncia de que la imputada se habría enterado recientemente de un criterio de
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En cuanto a la falta de fundamentación e incumplimiento de pautas mínimas en la fijación
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III.1.En cuanto a la denuncia de falta de fundamentación e inobservancia del principio de legalidad
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En este primer motivo, la parte recurrente invoca el Auto Supremo 85 de 4 de
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También invocó el Auto Supremo 394 de 18 de agosto de 2014, que fue emitido
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De la revisión del recurso de apelación restringida formulado por Lola Elsa Roque Chuquimia, se
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Ahora bien, conforme informan los datos del proceso, es evidente que la ahora recurrente formuló
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demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión, resultando en
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La recurrente en este motivo invoca el Auto Supremo 53 de 22 de marzo de
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En el caso presente, la imputada alega que el Tribunal de alzada revalorizó las pruebas
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De acuerdo a lo señalado en el epígrafe II
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refiere que el día de los hechos dentro de la multitud de gente que protagonizaban
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En esta temática, se invoca en principio el Auto Supremo 394 de 18 de agosto
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También se invocó el Auto Supremo 297 de 20 de noviembre de 2012, pronunciado en
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Ahora bien, la recurrente afirma que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva, al
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Para el análisis de este motivo se debe partir señalando que la recurrente a momento
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III
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En el caso presente, la recurrente cuestionó el pronunciamiento del Tribunal de Sentencia ya que
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Ahora bien, revisados los antecedentes del caso, se evidencia que en la exposición de motivos
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Asimismo en cuanto a las atenuantes, el Tribunal de Sentencia tuvo presente la personalidad de
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Ponderadas todas estas circunstancias, se constata que el Tribunal de alzada no incurrió en inobservancia
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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