Advirtiéndose que el supuesto fáctico que dio origen a la doctrina legal emitida en el
Advirtiéndose que el supuesto fáctico que dio origen a la doctrina legal emitida en el precedente invocado, está referido a la revaloración de la prueba y transgresión del principio de inmediación, se establece que se está ante un supuesto fáctico diferente al denunciado en el caso de autos, en el que el imputado alegó que el Tribunal de alzada no hizo uso de la facultad conferida por la parte in fine del art. 413 y 414 de la norma adjetiva penal, a fin de dictar nueva sentencia absolutoria, ante la evidencia de la existencia de errónea aplicación de la norma sustantiva, por errónea concreción de los hechos a un tipo penal inexistente como es el: “Transporte de Sustancias Controladas en grado de Encubrimiento”, cuando a decir del imputado, el Tribunal de alzada, con base a los hechos establecidos como probados por el de mérito, podía corregir de manera directa el error. Por lo que al no existir una situación análoga entre los hechos generadores del precedente invocado y el motivo de casación de autos, este Tribunal se halla impedido de ejercer su función unificadora de jurisprudencia
- Por memorial presentado el 14 de marzo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 33/13 de 7 de noviembre de 2013 (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 427/2017-RA de 9 de junio,
- El recurrente refiere que el Auto de Vista recurrido incurrió en inobservancia de los arts
- Añade que al no haberse adecuado su conducta al tipo penal acusado, ni al de
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- este Tribunal admitió el recurso de casación formulado por Juan Carlos Guzmán Castellón, para el
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 33/13 de 7 de noviembre de 2013, el Tribunal Segundo de Sentencia de
- En el considerando I de la Sentencia, la enunciación del hecho y circunstancias que fueron
- En el considerando III de la Sentencia, el Tribunal de mérito, hizo la fundamentación probatoria
- En el inc
- Finalmente el Tribunal de Sentencia, refirió que el Ministerio Público, dedujo la autoría del imputado
- II.2. De los recursos de apelación restringida
- El imputado Juan Carlos Guzmán Castellón, interpuso recurso de apelación restringida arguyendo lo siguiente
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- de Tráfico de Sustancias Controladas, en total vulneración de su derecho a la defensa se
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Auto de Vista
- a)El Tribunal de apelación en el punto I
- Bajo dichos argumentos, el Tribunal de alzada, concluye señalando que el Tribunal de mérito había
- Respecto a los mencionados defectos de Sentencia, el Tribunal de alzada, argumentó, que al no
- III.1. Del precedente invocado
- El imputado, alega que el Tribunal de apelación, ante la imposibilidad de agravar su situación
- Cuando el Tribunal de Alzada advierte que el Juez o Tribunal de instancia han pronunciado
- II.2. Análisis del caso Concreto
- Advirtiéndose que el supuesto fáctico que dio origen a la doctrina legal emitida en el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
