Auto Supremo AS/0853/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0853/2017-RRC

Fecha: 31-Oct-2017

Al respecto, el recurrente invocó la causal de Nulidad establecida en el inc


El primer elemento alegado por el recurrente, por el que según sus argumentos constituye la procedencia del recurso de nulidad, se estructura en la falta de requisitos esenciales que debe contener el fallo en razón a que el Auto de Vista impugnado, constituye una copia o repetición de la Sentencia anulada, por lo que la decisión respecto de los imputados Mauricio Urquidi Urquidi y Jaime Gutiérrez Moscoso, es la misma de la Sentencia, con la única diferencia de que la pena impuesta fue reducida a cinco años de reclusión.

Al respecto, el recurrente invocó la causal de Nulidad establecida en el inc. 7) del art. 297 del CPP-1972, por falta de requisitos esenciales que debe contener el fallo conforme prevé el art. 242 inc. 3) del mismo CPP-1972 que previene: “La interpretación y apreciación de los hechos que se consideren probados en contra o en favor del encausado, o lo que este alegare en su descargo, ya para negar su participación, ya para eximirse de la responsabilidad, o para atenuar ésta, con los fundamentos legales respectivos”; sin embargo, la argumentación del reclamo realizado, básicamente está enmarcado en la observación en sentido de que el Tribunal de alzada, en la emisión de la resolución, hubiera realizado una “copia o repetición” de los argumentos realizados por la juzgadora de Partido en lo Penal que dictó la Sentencia de primera instancia, sin que exista valoraciones o elementos nuevos que expliquen la decisión, efecto para el cual inclusive realiza un cuadro de comparación entre el contenido parcial de la Sentencia 44/2001 y el Auto de Vista impugnado; planteamiento que en específico, no es posible encuadrar en la previsión establecida en el art. 242 inc. 3) del CPP-1972, que refiere a hechos que en el fondo hayan sido declarados probados y que obren en contra o favor del imputado, por lo que el planteamiento alegado difiere en el sentido comparativo realizado de la Sentencia y Auto de Vista, siendo que este último prácticamente constituye una Sentencia, cuyos argumentos hubieren sido coincidentes o no para el establecimiento de culpabilidad con relación a algunos delitos y de absolución respecto de otros, en todo caso este razonamiento carece de eficacia para su consideración como causal de Nulidad