Auto Supremo AS/0900/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0900/2017-RRC

Fecha: 14-Nov-2017

3) El Tribunal de mérito, al haber dictado Sentencia absolutoria a favor de los acusados,


3) El Tribunal de mérito, al haber dictado Sentencia absolutoria a favor de los acusados, procedió en forma correcta y conforme a derecho, ya que tomó en cuenta e interpretó correctamente lo determinado por el art. 363 inc. 2) del CPP; en cuanto, a que la prueba portada no es suficiente para generar en el Tribunal la convicción sobre la responsabilidad penal de los acusados en la comisión del delito acusado, además que dicho fallo no incurrió en el defecto de la Sentencia denunciado y previsto por el art. 370 inc. 6) del Código adjetivo penal. Afirma que, en el presente caso, evidenció que el Tribunal inferior al momento de fundamentar la Sentencia, ejerció las reglas de la sana crítica a tiempo de valorar las pruebas, aplicando los arts. 124 y 173 del CPP, evidenciándose además, que en la fundamentación con relación a la valoración de la prueba, cursante de fs. 1.135 a 1.138, el Tribunal observó y aplicó las reglas de la lógica, la psicología y la experiencia para dar el valor correspondiente a las pruebas, de acuerdo a su utilidad y pertinencia, evidenciándose además que en esta parte de la referida Resolución, el Tribunal se expresó con claridad, concreción, experiencia, conocimiento, legalidad y lógica sobre la base de las pruebas producidas en juicio oral, dándole a cada prueba el valor correspondiente