Auto Supremo AS/0900/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0900/2017-RRC

Fecha: 14-Nov-2017

4)En el apartado denominado hechos probados y valoración de la Sentencia, el Tribunal de mérito


4)En el apartado denominado hechos probados y valoración de la Sentencia, el Tribunal de mérito valoró correctamente la prueba referida al flujo de llamadas, colocó al acusado Enrique Fernández en algún lugar de la ciudad, no habiendo sido comprobado el lugar específico, ni haberse sabido explicar y fundamentar la tesis del flujo de llamadas por parte del abogado de la parte querellante, por cuanto el mismo carece de capacidad técnica para poder absolver las preguntas del Tribunal con relación a dicha versión técnica que tenía como finalidad explicar la ubicación del imputado antes mencionado; es decir, que no se comprobó de manera técnica y explicativa por una persona entendida en éste tema que el imputado hubiera estado en la zona Sur y no en la zona Norte como lo afirma en su declaración, además que tampoco se demostró el lugar de procedencia de las llamadas el día de los hechos, ni mucho menos el lugar exacto donde se encontraba el imputado Enrique Fernández Hurtado, mucho menos el abundante flujo de llamadas entrantes y salientes ofrecidas como pruebas de cargo y nada más