Auto Supremo AS/0900/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0900/2017-RRC

Fecha: 14-Nov-2017

d) Por lo informes no explicados de las empresas telefónicas, la acusación tiene como hecho


d) Por lo informes no explicados de las empresas telefónicas, la acusación tiene como hecho probado que Enrique Fernández Hurtado, se encontraba en la zona de influencia o de las antenas telefónicas ubicadas en la Doble vía a La Guardia, La radial 17 ½, de la Av. Moscú, de los lotes de la empresa Viva, Tigo y Entel; es decir, en la zona de esa ciudad Sur Oeste, conforme explicó el abogado de la acusación particular, no por ningún perito electrónico ni de las empresas telefónicas, mas no donde señalaba que estaba a esas horas aproximadas, lo que lo ubicaría al imputado en la zona, mas no en el lugar, lo que –a criterio del Tribunal- hace que el imputado sea un aparente mentiroso en cuanto al lugar donde estaba, pero nada más, porque no se lo ubica en el lugar del crimen, sólo en las áreas circundantes