Auto Supremo AS/1169/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1169/2017

Fecha: 01-Nov-2017

Por otra parte, referente al error de derecho, acusa que si bien es cierto que

Por otra parte, referente al error de derecho, acusa que si bien es cierto que de acuerdo con los arts. 397 del Código de Procedimiento Civil y art. 1286 del Código Civil, el Juez tiene la libertad de valorar las pruebas, empero dicha libertad está limitada por ley, cuando esta le asigna a cada elemento probatorio el valor pertinente, en este caso el Documento Privado transaccional de recepción de dineros de 10 de mayo de 2008 y el cuestionado Dictamen Pericial