Auto Supremo AS/0099/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0099/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

4) Con relación a las pruebas materiales, las Comunicaciones internas no tendrían valor, pero extrañamente


2) En la Sentencia el Tribunal establece que está convencido de que el 3 de junio de 2008, se cometieron destrozos materiales en los ambientes de la Aduana Nacional, sin tomar en cuenta los demás hechos relatados por los testigos, sólo enuncia éstos, manifestando que no acreditaron la realización de los hechos.

3) Respecto a las declaraciones de Victoriano Condori Sinka y Lucio Quispe Mamani, señala el fallo de mérito, que no son fiables porque declararon que los hechos ocurrieron entre las 7:00 y 8:00 y según las acusaciones se suscitaron a partir de las 9:00 o 9:30, sólo basándose en las horas de los supuestos hechos, sin valorar que desde entonces pasaron más de siete años de lo sucedido y que muchos no se acordaban, pero estaban presentes para colaborar el esclarecimiento de lo sucedido, lo que extrañamente fue omitido en el acta de audiencia, pese a que dos testigos mencionaron paso a paso los hechos ahora analizados.

4) Con relación a las pruebas materiales, las Comunicaciones internas no tendrían valor, pero extrañamente no fueron excluidas pese a como se señala en la Sentencia, no tendrían contenido probatorio