Auto Supremo AS/0099/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0099/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

Lo denunciado en esta parte por el recurrente, no cuenta con asidero legal alguno, puesto


Lo denunciado en esta parte por el recurrente, no cuenta con asidero legal alguno, puesto que las autoridades jurisdiccionales tienen impuesto como canon para la configuración de sus resoluciones en cuanto a la debida fundamentación, que sea expresa, clara, completa, legítima y lógica. Así se determinó, entre otros, en el Auto Supremo 207 de 28 de marzo de 2007, en cuya doctrina legal se señaló lo siguiente: “La exigencia de motivación es una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano de gobierno que, al asegurar la publicidad de las razones que tuvieron en cuenta los jueces para pronunciar sus sentencias, permiten el control del pueblo, sobre su conducta, resguardando con ello a los particulares y a la colectividad contra las decisiones arbitrarias de los jueces; la motivación responde también a otros fines, ya que podrán los interesados conocer las razones que justifican el fallo y decidir su aceptación o fundar su impugnación por los medios que la ley concede. Al mismo tiempo brinda al Tribunal de alzada el material necesario para ejercer su control y finalmente sirve para crear la jurisprudencia, entendida como el conjunto de las enseñanzas que derivan de las sentencias judiciales