El recurso de apelación restringida que formuló en representación de su defendida, estaba dirigido a
I.1.2. Del recurso de casación interpuesto por Alfonso Pablo Camacho Escobar defensor de oficio de la imputada Jenny Suarez Villavicencio.
El recurso de apelación restringida que formuló en representación de su defendida, estaba dirigido a denunciar la falta de fundamentación en la fijación de la pena impuesta en la Sentencia contra su defendida, quien fue condenada a ocho años de reclusión y multa de mil a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por día, respecto al cual el Auto de Vista recurrido en la parte resolutiva, arguyendo lo establecido en el Auto Supremo 097/2016-RRC de 16 de febrero, sin necesidad de entrar a un reenvío para que se realice un nuevo juicio oral, procede a modificar inexplicablemente y sin ningún fundamento lógico y jurídico la condena inicialmente establecida a siete años y seis meses de privación de libertad, sin que medie algún fundamento en el cual se base para indicar cuáles fueron las agravantes que procedieron a llevar de la media del tipo penal acusado (Peculado), que es de cinco años y seis meses a la actual pena modificada; tampoco, indica cuál el argumento por el que no se consignó las atenuantes que pudiera tener su defendida y con eso proceder a bajar más su condena, denotando la imposición de una pena no acorde a los parámetros establecidos por los arts. 37, 38 y 40 del CP, lo que en la actualidad sigue representando una vulneración al derecho que tiene su defendida a ser condenada a una pena justa, fundamentada y acorde a sus antecedentes
- Por memoriales presentados el 8 y 12 de septiembre de 2016, cursantes de fs
- a)Por Sentencia 23/12-AAD de 11 de octubre de 2012 (fs
- I.1.1. Motivos de los recursos de casación
- De los memoriales de recurso de casación y del Auto Supremo 83/2017-RA de 6 de
- El recurso de apelación restringida que formuló en representación de su defendida, estaba dirigido a
- I.1.3. Del recurso de casación del imputado Orlando Eliseo Lizarazu Mayorga
- 1)El Auto de Vista recurrido, no analiza ni resuelve el recurso de apelación restringida, con
- 2)Con relación a la denuncia de concurrencia del defecto de Sentencia previsto en el art
- I.1.2. Petitorios
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 83/2017-RA de 6 de febrero, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- II.2. De las apelaciones restringidas
- El acusador particular Esteban Miranda Terán, encargado distrital a
- Por su parte el imputado Orlando Eliseo Lizarazu Mayorga, interpuso recurso de apelación restringida señalando
- El Ministerio Público, interpuso recurso de apelación restringida, afirmando que se incurrió en inobservancia o
- El defensor de oficio de la acusada Jenny Suárez Villavicencio, interpuso recurso de apelación restringida
- Y finalmente la imputada Ruth Lilian Espinoza Terán, interpuso recurso de apelación restringida, argumentando la
- II.4.Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba inicialmente pronunció el Auto
- En el Considerando II (Fundamentos jurídicos de la resolución) del Auto de Vista impugnado; en
- Añade que en el Segundo Considerando de la Sentencia (Fundamentación Probatoria descriptiva), se detalló y
- Asimismo, señala que en el mismo Considerando Segundo, el A quo redactó la parte
- En cuanto a la alzada planteada por Jenny Suárez Villavicencio por falta de fundamentación en
- Este Tribunal admitió el recurso interpuesto por: i) Jenny Suarez Villavicencio a través de su
- III.1. Sobre la garantía del debido proceso y la debida fundamentación
- Este Tribunal en reiteradas oportunidades a señalado que el debido proceso, es un principio legal
- Ahora bien, por mandato del art
- En concordancia con lo anterior, estableció: ““Las resoluciones, para su validez y eficacia, requieren cumplir
- resolución podría incurrir en vicio de incongruencia que puede ser interna o externa
- De la doctrina señalada, se establece que ninguna autoridad que emita un fallo puede omitir
- III.2. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III.3. Análisis de los recursos de casación
- Teniendo en cuenta que en la presente causa, se admitieron dos recursos de casación para
- III.3.1 Respecto al recurso de Jenny Suárez Villavicencio
- El defensor de oficio de la imputada denuncia que el Tribunal de alzada, de manera
- Al respecto, se debe partir señalando que en sentencia, se condenó a Jenny Suárez Villavicencio,
- Fallo que en su parte considerativa disgregó los conceptos que ahora extraña la parte recurrente,
- III.3.2 Respecto al recurso de Orlando Eliseo Lizarazu Mayorga
- En el primer motivo, el recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado, no analizó
- Al respecto, debe señalarse que el Tribunal de alzada a través del Auto de Vista
- Respecto al segundo motivo, por el cual el recurrente denuncia que el Auto de Vista
- El Auto Supremo 418 de 10 de octubre de 2006, dictado dentro de un proceso
- Del análisis de los precedentes invocados se advierte que las problemáticas dilucidadas, en cierta manera
- A este fin, referir que en el Auto de Vista impugnado, el Tribunal de alzada
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
