Auto Supremo AS/0302/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2017-RRC

Fecha: 20-Abr-2017

2)Respecto a la contradicción entre la parte considerativa y resolutiva, concluyó que esa denuncia no


2)Respecto a la contradicción entre la parte considerativa y resolutiva, concluyó que esa denuncia no es evidente, porque ante el empate de votos de los integrantes del Tribunal de sentencia, aplicó de manera correcta la última parte del art. 359 del CPP, que establece que: “En caso de igualdad de votos se adoptará como decisión la que más favorezca al imputado”; asimismo, concluye que tampoco es evidente que se hubiera vulnerado el principio de congruencia, porque existe la debida concurrencia que debe existir entre la materia, entre los hechos acusados por la acusación fiscal y/o particular, “con los hechos por los que se condenan en la sentencia” (sic)