Auto Supremo AS/0302/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2017-RRC

Fecha: 20-Abr-2017

El Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2006, fue pronunciado dentro de un


Asimismo, respecto a la fundamentación, concluyó que el Tribunal de alzada, no realizó un control legal sobre la labor desplegada por el A quo en la fundamentación de la Sentencia, porque no advirtió que en la citada resolución, no existía pronunciamiento alguno sobre el argumento de la defensa, de establecer si las fotocopias acusadas de falsas tenían la naturaleza de documentos públicos y sobre cómo se obtuvieron las mismas para introducir al juicio, por lo que dejó sin efecto el Auto de Vista recurrido.

El Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2006, fue pronunciado dentro de un proceso seguido por el delito de Perturbación de Posesión, donde la entonces Corte Suprema de Justicia constató que los Tribunales inferiores, estructuraron sus fallos sin la debida motivación razonable y menos estimando la prueba presentada por los acusados, de modo que los Tribunales no cumplieron con la obligación establecida en el art. 124 del Código adjetivo penal, incurriendo en violación de normas legales, por lo que dejó sin efecto el Auto de Vista recurrido, estableciendo como doctrina legal aplicable la siguiente: “Las resoluciones, para ser válidas, deben ser motivadas. Esta exigencia constituye una garantía constitucional, no sólo para el acusado sino también para el Estado, en cuanto tiende a asegurar la recta administración de justicia