Auto Supremo AS/0302/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2017-RRC

Fecha: 20-Abr-2017

Por otro lado, concluyó que el Auto de Vista anulado no se pronunció respecto a


II.5. Del Auto Supremo 433/2014 de 24 de septiembre que anuló el primer Auto de Vista.

El referido Auto Supremo, dejó sin efecto el primer Auto de Vista emitido en la causa al haber dispuesto la reposición del juicio, sin tomar en cuenta que no todo defecto o toda irregularidad produce la nulidad y que para declarar la nulidad se debe tomar en cuenta determinados principios como que la nulidad debe estar sancionada de manera expresa, debe tener trascendencia, debe ser interpretada de manera restrictiva y finalmente debe tomarse en cuenta el interés, porque no hay nulidad por la nulidad misma.

Por otro lado, concluyó que el Auto de Vista anulado no se pronunció respecto a todos los puntos apelados, incurriendo en incongruencia omisiva, situación que se constituiría en un defecto absoluto que no puede convalidarse, por vulnerar el derecho a la defensa en incumplimiento del art. 398 del CPP