Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0331/2017-RRC
Fecha: 03-May-2017
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 24 de octubre de 2016, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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a)Por Sentencia 28/2016 de 25 de julio (fs
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b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Virgilio Durán interpuso recurso de apelación restringida (fs
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 89/2017-RA de 24 de enero,
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1)Alega que el Auto de Vista incurrió en falta de fundamentación a la hora de
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2)Señala que el Auto de Vista, en su Segundo Considerando se limitó inoficiosamente a revalorizar
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3)Arguye que el Tribunal de alzada, no se pronunció con relación a la incorporación y
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita que previa admisión del recurso se deje sin efecto de la resolución
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 89/2017-RA de 24 de enero, cursante de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
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Por Sentencia 28/2016 de 25 de julio, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
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De la valoración de la prueba producida en el juicio oral, en aplicación de la
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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Sobre el cuestionamiento de la valoración de la prueba, puntualiza que es un acto final
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En el presente proceso, la parte imputada denuncia que el Auto de Vista recurrido
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por los arts
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El art
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La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
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Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
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Por lo referido, el objetivo del recurso de casación es asegurar el exacto y uniforme
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III.2.En cuanto a la denuncia de falta de fundamentación
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El recurrente en el primer motivo expresado en el recurso de casación, acusó al Tribunal
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Auto Supremo 368/2012 de 5 de diciembre, emitido dentro un proceso penal seguido por los
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Auto Supremo 51/2013 de 1 de marzo, emitido en el proceso penal por el delito
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En ese entendido, la parte que se sienta perjudicada por una resolución judicial, puede hacer
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Auto Supremo 106/2011 de 25 de febrero, que emana de un proceso penal por los
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Pues si bien en el caso de Autos el juzgador realizó numerosas suspensiones y en
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Tomando en cuenta que las normas procesales que efectivizan derechos fundamentales que hacen al debido
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En el contexto del presente motivo, para determinar si efectivamente el Tribunal de Sentencia procedió
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Por su parte, el Tribunal de alzada en respuesta a la observación planteada en el
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En ese sentido, es necesario precisar que constituye una facultad de las partes la producción
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III.3. Respecto a la denuncia de revalorización probatoria
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En el segundo motivo, el imputado denuncia que el Auto de Vista se limitó a
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Auto Supremo 463/2010 de 1 de octubre, dictado en un proceso penal por el delito
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Ahora bien, el recurrente puntualmente atribuyó al Tribunal de alzada haber realizado una labor de
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III.4. Sobre la denuncia de incongruencia omisiva
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En cuanto al tercer motivo, el imputado acusó falta de pronunciamiento por parte del Tribunal
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El Auto Supremo 337/2010 de 1 de julio, dictado en un proceso penal por los
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En ese sentido se tienen los precedentes contradictorios invocados por la recurrente entre otros el
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Por lo señalado se concluye que existe contradicción con los precedentes y que el Tribunal
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Auto Supremo 724 de 26 de noviembre de 2004, emitido en un proceso penal por
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Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2006, dictado en un proceso penal por
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La exigencia de motivación constituye una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
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En virtud de estas razones, la ley procesal consagra la exigencia de motivación de las
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La motivación, a la vez que un requisito formal, que en la sentencia no se
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La motivación debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica
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a) Expresa : Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos,
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b) Clara: En la sentencia, el objeto del pensar jurídico debe estar notoriamente determinado, de
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c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a
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Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza también
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La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando las pruebas
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c)Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de las
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También, por supuesto, será ilegítima la motivación si se funda en prueba obtenida por un
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Al respecto, señala Maier: `
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e) Lógica: Finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
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Auto Supremo 14 de 26 de enero de 2007, emitido dentro de un proceso penal
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De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que se limiten
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En el caso que se analiza, partiendo del cuestionamiento realizado en sentido de que el
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En consecuencia y por los fundamentos expuestos, los argumentos expuestos por el recurrente no tienen
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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