Auto Supremo AS/0331/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0331/2017-RRC

Fecha: 03-May-2017

Por su parte, el Tribunal de alzada en respuesta a la observación planteada en el


Por su parte, el Tribunal de alzada en respuesta a la observación planteada en el recurso de apelación restringida del recurrente, asumió que a la propuesta del Ministerio Público de realización de pericia psicológica de Yuli Castillo Tapia, la defensa solicitó la inclusión de un punto de pericia y que se realice en presencia de la consultora técnica ofrecida, que fue admitida por el Tribunal y concedió el término de realización de la pericia hasta el 19 de julio, sin que implique la suspensión del juicio que continuó en su desarrollo con la recepción de testigos de cargo, así como al día siguiente se recibió la declaración de la víctima, testigos e incorporación de prueba documental, que ante la imposibilidad de incorporar prueba de la defensa, se resolvió suspender la audiencia hasta la fecha de presentación el informe pericial, por lo que mal podría alegarse como agravio un acto consentido que no vulnera ningún derecho del sindicado dada la suspensión de audiencia en virtud a una necesidad probatoria, como es la pericia autorizada por el art. 335 del CPP, por lo que tampoco advirtió la vulneración del art. 349 del CPP, en razón a que esta pericia no podía realizarse en audiencia por tratarse de una pericia psicológica a una niña víctima de agresión sexual