Auto Supremo AS/0617/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0617/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

El Tribunal de Apelación al ejercer el control jurisdiccional, está ejercitando el control constitucional como


El Tribunal de Apelación al ejercer el control jurisdiccional, está ejercitando el control constitucional como establece el principio de la supremacía de la norma constitucional incurso en el artículo 228 de la Constitución Política del Estado con relación al art. 169 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal que señala que se constituyen defectos absolutos ‘Los que impliquen inobservancia o violación de derechos y garantías previstos en la Constitución Política del Estado, las Convenciones y Tratados Internacionales vigentes’; en consecuencia, resulta de mayor relevancia que el Tribunal de Alzada cometa uno o más defectos absolutos, cuando es el llamado por la Constitución Política del Estado y la Ley, a que el proceso penal se desarrolle con una efectiva tutela judicial, siendo además sus resoluciones debidamente fundamentadas