Auto Supremo AS/0617/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0617/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Respecto al motivo específico del cual reclama un pronunciamiento expreso por el Auto de Vista


Respecto al motivo específico del cual reclama un pronunciamiento expreso por el Auto de Vista impugnado, señala que en su caso en ningún momento instigó a Fernando Modesto Aramayo a cambiar sus datos personales, datos técnicos del Testimonio, tampoco indujo de manera directa para cambiar sus datos mencionados y que fue Fernando Modesto Aramayo quien, con el duplicado del Testimonio, de manera personal obtuvo el certificado de Catastro Urbano y con dicho certificado de manera unilateral suscribió una minuta unilateral de rectificación de datos técnicos y personales; aclarando que si bien existe un Poder Notarial a su favor, éste no fue utilizado en ningún trámite administrativo ni judicial de rectificación de datos; que las construcciones efectuadas por su persona fueron después de haber adquirido el lote de terreno de propiedad de Fernando Modesto Aramayo. Concluyó afirmando que esta mala y errónea interpretación efectuada por el de mérito, la mala valoración de la prueba documental, la no transcripción exacta de lo ocurrido en el debate, la no aplicación correcta de la ley sustantiva, y la falta de aplicación de la jurisprudencia vinculante, así como de la doctrina legal constituye una verdadera inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva