Auto Supremo AS/0617/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0617/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Por otro lado el art


Por otro lado el art. 203 del Código Penal, contempla el delito de Uso de Instrumento Falsificado es un delito genérico, cualquiera puede hacer uso del documento falsificado, es un delito doloso, la conducta es la de hacer uso es decir utilizar el documento o certificado falso, en el caso que nos ocupa el acusado Edmundo Cruz Catari, también a sabiendas de la falsedad de los documentos obtenidos de la unidad de Catastro como ser el plano aprobado la certificación de registro de propiedad urbana ha utilizado conjuntamente hasta lograr la transferencia del lote a su favor a sabiendas del origen ideológicamente falso de los documentos que activaron la existencia de un derecho propietario sobre un bien inmueble que no existía. En tal virtud Edmundo Cruz Catari debe ser sancionado conforme nos señala la ley