Denuncia también la falta de integración a la litis a Juan Gustavo Del Águila Mejía
Denuncia también la falta de integración a la litis a Juan Gustavo Del Águila Mejía y Ana María Del Águila Álvarez indicando que debió integrarse a dichas personas como vendedores para conocer su versión si el argumento de nulidad que refiere el demandante es cierto o no y que esa falta de integración no le habría permitido a su persona realizar defensa integra de sus derechos. La recurrente debe tener presente que la demanda que generó el proceso que nos ocupa, fue iniciado por una tercera persona que no forma parte de la supuesta relación contractual plasmada en el Testimonio Nº 247/2000 cuya nulidad se pretende; cuando un tercero no contratante pretende la nulidad de un contrato de transferencia en el cual no forma parte, no pretende invalidar los efectos generados por el contrato entre las partes que intervinieron en su celebración, sino lo que pretende es una ineficacia del derecho de quien figura como último titular, con quien se entiende que entra en conflicto su derecho de titularidad”; consiguientemente es suficiente que se dirija la demanda contra el último propietario adquiriente; así se estableció en el Auto Supremo Nº 659/2014 de 6 de noviembre que se tiene expuesto como doctrina aplicable
- Distrito: Beni
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs
- I
- Realiza consideraciones de carácter epistemológico respecto al instituto jurídico de la nulidad sustantiva establecida en
- Con relación a la denuncia de vulneración del art
- En cuanto a la denuncia de negación de ofrecimiento y producción de prueba, refiere que
- En contra del indicado Auto de Vista, la demandada Consuelo Arriaza Eguez interpuso recurso de
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Acusa vulneración del art
- Por otra parte, hace referencia a denegación de producción de prueba de cargo y clausura
- II
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- III.2.- Con relación a demanda de nulidad interpuesta por un tercero
- La situación anotada, se complejiza cuando se procura, por un tercero no contratante, la nulidad
- En síntesis cuando un tercero demanda la nulidad de un contrato de trasferencia, este no
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por otra parte, la recurrente señala que se habría aplicado una inexistente nulidad virtual sin
- Ante la realidad descrita, si el actor consideraba que el título de propiedad de la
- Otro punto de reclamo está referido a la falta de fundamentación de la Resolución de
- Las norma legales del Código Civil a las cuales hace referencia la recurrente, resultan impertinentes
- Denuncia también la falta de integración a la litis a Juan Gustavo Del Águila Mejía
- Otro aspecto que forma parte de los reclamos está referido a la admisión y producción
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
